Beneficiarios
a) Las entidades locales de Galicia y las entidades de ellas dependientes.
b) Las entidades sin ánimo de lucro.
c) Empresas legalmente constituidas y autónomos; incluidas las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sean la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía.
Período de actuaciones subvencionables
El plazo de ejecución se iniciará una vez presentada la solicitud de ayuda y finalizará en la fecha establecida en la resolución de concesión, sin que nunca pueda exceder del 15 de octubre de 2024, para solicitudes con proyectos a realizar hasta esa fecha, y el 30 de septiembre de 2025, para solicitudes con proyectos a realizar hasta esa fecha. Estas dos fechas, en cada caso, son las fechas últimas admisibles de facturación y pago. Dentro de este plazo de ejecución se deberá presentar la solicitud de pago. Las acciones realizadas entre o 16 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 podrán ser imputadas al 2025
Cuantía de la ayuda
El porcentaje de la ayuda dependerá del tamaño de la empresa y del beneficiario y la ayuda se calculará en función de los costes elegibles.
BENEFICIARIOS | PORCENTAJE DE AYUDA |
Entidades locales | 60 % |
Entidades jurídicas sin ánimo de lucro (que no realicen actividad económica) | 60 % |
Empresas, sus agrupaciones y asociaciones, así como entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad económica. | Gran empresa 20% Mediana empresa 30% Pequeña empresa 40% |
La cuantía máxima de la ayuda por proyecto será de 50.000 €
Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación en DOG: 20-03-2024 a 19-04-2024