Este lunes ha entrado en vigor la nueva normativa que amplía y endurece la lista de delitos contra el medioambiente en la Unión Europea a través del derecho penal y que castigarán con penas de diez años de cárcel para los crímenes ecológicos que causen la muerte. La directiva fue aprobada en marzo por el Parlamento Europeo y hace un mes por el Consejo Europeo.

La nueva directiva sustituye a la ley anterior de 2008. Amplía el número de conductas consideradas delito de este tipo de nueve a veinte. Entre los nuevos delitos figuran el tráfico de madera, el reciclaje ilegal de componentes contaminantes de buques y las infracciones graves de la legislación sobre productos químicos. Ellas se suman a otros delitos que ya figuraban en la lista como los vertidos procedentes de buques, las talas ilegales y la introducción o comercialización de especies invasoras.

Los Estados miembros tendrán ahora que adaptar sus leyes nacionales a la directiva y deberán endurecer las penas cuando alguna de las infracciones graves descritas en la norma provoque “un daño o destrucción grave, generalizada y sustancial del medio ambiente”.

La normativa no recoge el concepto de “ecocidio“, como pedía el Parlamento Europeo, pero sí el de “delito cualificado“, que se aplicará cuando un delito contemplado en la directiva se comete intencionadamente y cause la destrucción del medio ambiente o un daño irreversible o duradero. Aquí entrarían los incendios forestales a gran escala o la contaminación generalizada del aire, el agua y el suelo.

En cuanto a las sanciones, dependerán de la duración, la gravedad o la reversibilidad de los daños. La pena máxima de prisión por delitos cualificados será de al menos ocho años. Para el resto de delitos, la pena de prisión llega hasta los cinco años. No obstante, los delitos intencionados que causen la muerte de una persona se castigarán con una pena máxima de prisión de al menos diez años, aunque los Estados miembro podrán decidir establecer penas aún más duras en su legislación nacional.

La directiva también define tipos concretos y niveles de sanciones para personas físicas y jurídicas, de forma que todos los infractores estarían obligados a restablecer el entorno dañado y a ofrecer compensación, además de enfrentarse a multas.

Para las empresas, las multas alcanzarán el 3% o el 5% de su facturación mundial anual o, alternativamente, 24 o 40 millones de euros, según la naturaleza del delito.

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Fuente: Cimatica.coop