La violencia en el trabajo puede provenir tanto de personas que forman parte de la propia organización como de personas externas a la misma, por lo que la consideración de este último tipo, en sectores y colectivos con exposición directa o indirecta al público, es crucial para prevenir riesgos que puedan deteriorar la seguridad y la salud de la población trabajadora.
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) publica una Nota Técnica de Prevención (NTP) sobre la violencia de origen externo. Esta Nota Técnica de Prevención (NTP) 1215 se centra en la violencia laboral de origen externo, diferenciándola de la interna y subrayando su importancia en sectores con exposición al público.
Basándose en la clasificación de la California Division of Occupational Health and Safety (CAL/OSHA), lo que se clasifica son las conductas violentas en el trabajo en función del tipo de relación existente entre las personas implicadas en el suceso violento. Esta clasificación distingue los siguientes tipos de violencia:
- Violencia tipo I o violencia externa: En este tipo, no existe relación profesional o de servicio, ni relación interna (laboral o estatutaria), ni relación personal entre la persona trabajadora y la persona agresora. Ejemplos de sucesos violentos de este tipo son el atraco o el robo. Los sectores con mayor probabilidad de este tipo de violencia incluyen banca, comercio, transporte, joyerías, seguridad, entre otros.
- Violencia tipo II o violencia de servicios: Se caracteriza por la existencia de una relación profesional o de servicio entre la persona agresora (clientela, pacientes, alumnado, etc.) y la persona trabajadora. No existe relación interna (laboral o estatutaria), aunque puede o no existir una relación personal. Los sectores con mayor probabilidad incluyen el sanitario, servicios sociales, educación, hostelería, administración pública, personal repartidor, entre otros.
- Violencia tipo III o violencia relacional o interna: En este caso, sí existe una relación profesional o de servicio y también una relación interna (laboral o estatutaria) entre la persona agresora (compañeros/as de trabajo, con o sin superioridad jerárquica, u otras personas trabajadoras concurrentes) y la persona trabajadora. Es transversal a diferentes sectores.
- Violencia tipo IV: En este tipo, no existe relación profesional o de servicio ni relación interna (laboral o estatutaria), pero sí existe una relación personal entre la persona agresora (personas del entorno cercano a la persona trabajadora) y la persona trabajadora agredida. También se considera transversal.
La NTP 1215 analiza las actividades y factores de riesgo asociados, como la exposición al público y la deficiente organización del trabajo, destacando la necesidad de una gestión preventiva. Finalmente, la NTP aborda las medidas preventivas, incluyendo políticas, gestión psicosocial, actuaciones en los centros de trabajo, protocolos y el registro de sucesos violentos para su análisis y prevención futura.