El pasado mes de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 27 de julio de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2018, por el que se aprueba  el  Plan  Director  por  un  Trabajo  Digno  2018-2019-2020.

El  objetivo  principal  de  dicho  Plan  es  el  de  recuperar derechos laborales y mejorar la calidad del empleo y de las condiciones de trabajo.Para ello la resolución incorpora 75 medidas (55 operativas y 20 organizativas), con el fin de revertir los problemas más graves que presenta nuestro mercado de trabajo en este momento. El contenido de estas medidas se ha elaborado en colaboración con las Comunidades Autónomas y se ha consultado con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. Entre las medidas operativas, destacamos las relacionadas con el apartado 8 «Reforzar las actuaciones para reducir la accidentalidad y morbilidad laboral» (medidas 49, 50, 51 y 52).

La  primera  medida  señala  la  necesidad  de  realizar campañas  específicas  en  sectores  y  ocupaciones  en los  que  se  presentan  los  accidentes  más  graves,  en particular,  en  relación  con  los  riesgos  psicosociales  y los derivados de accidentes de tráfico. La segunda de las  medias  incluye  la  elaboración  de  una  Instrucción para  establecer  las  condiciones  en  las  que  se  han  de desarrollar por el conjunto de inspectores de trabajo las investigaciones de las enfermedades profesionales y facilitar la información a las Entidades Gestoras de la Seguridad Social de posibles enfermedades profesionales no declaradas como tales o a las que se ha cambiado su diagnóstico, así como para aflorar accidentes
de trabajo no declarados. Por último, las otras dos medidas operativas incluyen la aprobación de nuevas Instrucciones y criterios operativos  sobre  actuaciones  inspectoras  en  relación  con  los contratos a tiempo parcial, realización de horas extraordinarias y condiciones de seguridad y salud del conjunto de trabajadores con contratos temporales, así como sobre la atención de denuncias en relación con las con-
diciones de seguridad y salud en la relación laboral especial de empleadas de hogar; también se contempla la realización de cursos de especialización para el grupo de inspectores de trabajo en materias de seguridad vial, trastornos  musculoesqueléticos  y  agentes  químicos  y cancerígenos. En  la  aplicación  de  todas  estas  medidas  se  tendrá  en cuenta la perspectiva de género.

Con este Plan se da un giro cualitativo a las actuaciones desarrolladas hasta ahora por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, reorientando su actuación a las prioridades actuales para hacer frente a los problemas más graves  de  nuestro  mercado  laboral  en  la  actual  etapa de salida de la última crisis económica.

Fuente: INSHT