Roaming sin recargos
Las normas de la UE sobre el roaming sin recargos («roam like at home» o » itinerancia como en casa«) permiten utilizar los dispositivos en el extranjero, en los 28 Estados miembros de la UE, además de Islandia, Liechtenstein y Noruega sin pagar recargos adicionales por los servicios de roaming. Estas normas se aplican a las llamadas a teléfonos móviles y fijos, al envío de mensajes de texto (SMS) y a la utilización de servicios de datos en el extranjero. También se aplican a la hora de recibir llamadas o mensajes de texto en itinerancia, aun cuando la persona a la que se llame utilice otro proveedor de servicios.
Cuando utilices estos servicios mientras estés de viaje dentro de la UE, pagarás exactamente el mismo precio que en tu país. En la práctica, tu operador simplemente adeudará o sustraerá tu consumo de roaming de los volúmenes de consumo de tu plan de tarifas nacionales móviles o paquete.
Si tenías un contrato con un operador de telefonía móvil que incluía servicios de roaming, el contrato se convertirá automáticamente en un contrato de roaming con tarifa nacional. Todos los nuevos contratos de telefonía móvil con servicios de roaming incluyen, por defecto, la «itinerancia como en casa».
Ejemplo
Sin recargo adicional alguno por hacer o recibir llamadas en itinerancia
Michael vive en Irlanda y tiene un contrato con un proveedor de servicios que incluye el roaming. Gracias a las normas de la UE sobre la «itinerancia como en casa», Michael no tiene que preocuparse de pagar ningún recargo por las llamadas que haga a números de la UE o que reciba de estos números durante su viaje de negocios a España. A las personas que le llamen desde Irlanda les cobrarán la tarifa nacional por hablar con Michael. Si llama a un número español, a su familia en Irlanda o a otro país de la UE, pagará los precios que factura Irlanda para las llamadas nacionales.
Condiciones
El roaming sin recargos está pensado para las personas que viajan ocasionalmente al extranjero o que tienen en otro país vínculos estables (trabajo, estudio, etc.). No está concebido para utilizarse en casos de itinerancia permanente. Para poder disfrutar del roaming con tarifa nacional cuando viajes a un país de la UE, debes pasar más tiempo o utilizar más tu teléfono móvil en tu país que en el extranjero. Esto es lo que se considera una «utilización razonable de los servicios de roaming».
Si usas el teléfono móvil en el extranjero de forma permanente, tu operador de telefonía móvil puede aplicarte recargos por el roaming. No obstante, esos recargos tienen un límite (véase más abajo la política de utilización razonable).
Cuando cruces una frontera dentro de la UE, recibirás un mensaje de texto de tu operador para informarte de que te encuentras en itinerancia y recordarte su política de utilización razonable.
Política de utilización razonable
Los operadores de telefonía móvil pueden aplicar la denominada «política de utilización razonable» para garantizar que todos los clientes tengan acceso y puedan beneficiarse de las normas de la «itinerancia como en casa» (servicios de roaming reglamentados, con tarifa nacional, sin recargos) cuando viajen dentro de la UE. Los operadores pueden aplicar condiciones justas y razonables y mecanismos de control proporcionados para evitar el uso abusivo de estas normas.
Política de utilización razonable y límites de datos
Gracias al roaming sin recargos, no hay restricciones de volumen para las llamadas de voz y los mensajes, pero sí hay normas y límites de utilización de datos con tarifa nacional según el tipo de contrato que hayas suscrito.
En algunos casos específicos (véase más abajo), a partir de un volumen razonablemente elevado de datos en roaming con tarifa nacional, es posible que tengas que abonar un recargo igual al límite máximo de las tarifas mayoristas de los datos (a escala de la UE) (7,70 euros/GB de datos en 2017, más IVA). El precio mayorista del roaming es el importe máximo que tu operador nacional debe pagar a un operador extranjero cuando utilices servicios de datos en itinerancia.
Límites de datos: tarjetas prepago
Si tienes una tarjeta prepago (pagas por anticipado para utilizar tu móvil) puedes utilizar el roaming sin recargos. Sin embargo, tu operador puede aplicar un límite al roaming sin recargos, si pagas por unidad y el precio unitario nacional de los datos es inferior a 7,70 euros por GB.
Si tu operador aplica un límite al volumen de datos en roaming con tarifa nacional, ese límite debe ser como mínimo equivalente al volumen obtenido dividiendo entre 7,70 euros el crédito restante en tu tarjeta prepago cuando empieces a utilizar los servicios de datos en itinerancia. Obtendrás el mismo volumen de datos en roaming que hayas pagado por adelantado. Naturalmente, puedes aumentar tu crédito en roaming.
Ejemplo
Itinerancia con una tarjeta de prepago: límites de datos
Jana vive en Eslovaquia y tiene una tarjeta prepago con un crédito de 20 euros (IVA incluido) para su móvil, que incluye llamadas, SMS y datos. Cuando se va de vacaciones a España le quedan 12 euros (excluido el IVA) de saldo. Eso significa que durante sus vacaciones en España Jana puede tener un volumen de datos igual al valor del saldo restante en su tarjeta prepago. Tendrá al menos 1,5 GB de datos en roaming (12 euros/7,70 euros = 1,5 GB).
Límites de datos: paquetes nacionales con datos limitados
Si tu paquete nacional incluye un volumen determinado de datos, podrás hacer uso de ese mismo volumen de datos en roaming sin recargo alguno. Esto significa que tu límite de datos en roaming será el mismo que tengas en tu país.
Sin embargo, si tienes una tarifa de datos muy barata (menos de 3,85 euros por GB en 2017), tu operador puede aplicar un límite de «utilización razonable» en roaming que sea inferior a tu límite de datos nacional. El límite se calcula sobre la base del precio minorista del paquete nacional de telefonía móvil, como en el caso de los datos ilimitados (véase más abajo). Tu operador debe informarte previamente sobre ese límite y avisarte si lo alcanzas. Ten en cuenta que puedes seguir consumiendo datos en roaming, pero tu operador aplicará un recargo. El recargo corresponderá al límite máximo del precio mayorista, es decir 7,70 euros por GB de datos en 2017 (IVA no incluido), y 6 euros por GB (IVA no incluido) en 2018. El límite máximo disminuirá aún más a partir de 2018.
Límites de datos: paquetes nacionales con datos ilimitados
Si tienes un contrato con una tarifa mensual fija que incluye un paquete con datos ilimitados, tu operador debe ofrecerte un gran volumen de datos en roaming sin recargo. La cantidad exacta dependerá del precio del paquete. El volumen de datos en roaming debe ser, como mínimo, el doble del volumen que se obtiene dividiendo el precio de tu paquete de telefonía móvil (sin IVA) entre el límite máximo de los precios mayoristas de los datos en roaming (7,70 euros en 2017).
Por ejemplo: si pagas 40 euros (sin IVA) por un paquete con volumen ilimitado de llamadas, SMS y datos, con el roaming sin recargo en la UE, tienes derecho a llamadas y SMS ilimitados y al menos a 10,3 GB de datos (2 x (40 euros / 7,70 euros) = 10,3 GB).
Tu operador debe informarte del volumen de datos de que dispones con el roaming sin recargo. Si superas ese volumen mientras estés en itinerancia, el recargo corresponderá al límite máximo del precio mayorista, es decir 7,70 euros por GB de datos en 2017 (IVA no incluido), y 6 euros por GB (IVA no incluido) en 2018. El límite máximo disminuirá aún más a partir de 2018.
Otros contratos
Los operadores también pueden ofrecer contratos sin servicios de roaming o contratos alternativos diseñados específicamente para el roaming con tarifas que quedan fuera del ámbito de la normativa de la «itinerancia como en casa» (por ejemplo, en caso de utilizar esos servicios fuera de la UE). Pero estas opciones deben quedar a elección del cliente. Los operadores de telefonía móvil pueden proponer tarifas más bajas, por lo que es aconsejable comparar ofertas para encontrar la que mejor se adapte a tus necesidades específicas.
Política de utilización razonable: control
De acuerdo con su política de utilización razonable, los operadores pueden controlar y comprobar tu actividad de roaming en los últimos cuatro meses. Si, durante ese periodo, has pasado más tiempo en el extranjero que en tu país y el uso de roaming supera el uso nacional , tu operador puede ponerse en contacto contigo y pedirte que aclares tu situación. Tienes 14 días para hacerlo. Si sigues pasando más tiempo en el extranjero que en tu país y el roaming sigue superando tu consumo nacional, el operador puede empezar a aplicar un recargo a tu consumo en roaming. Los recargos (IVA no incluido) tienen los siguientes límites:
- 3,2 céntimos por minuto de llamada de voz efectuada
- 1 céntimo por SMS
- 7,70 euros por GB de datos (2017)
Los límites para los datos disminuirán progresivamente el 1 de enero de cada año, a partir de 2018, del siguiente modo: 6 euros, 4,50 euros, 3,50 euros, 3 euros y 2,50 euros en 2022. A partir de 2019 se revisará el límite máximo de acuerdo con los mercados mayoristas de roaming.
Política de utilización razonable: trabajadores transfronterizos
Si trabajas en un país de la UE y vives en otro diferente, puedes elegir un operador de telefonía móvil de uno de los dos países y beneficiarte del roaming sin recargo con una tarjeta SIM del país donde vives o del país donde trabajas. La política de utilización razonable del roaming con tarifa nacional se aplica siempre que te conectes al menos una vez al día a la red nacional, ya que contará como día de presencia en el país donde tienes el contrato (aunque vayas al otro país ese mismo día).
Llamar a otro país desde el propio país / roaming fuera de la UE
Las normas de la «itinerancia como en casa» no se aplican al hacer llamadas o enviar un SMS desde el propio país a otro, ya sea o no de la UE. Lo mismo ocurre con las llamadas o el envío de mensajes a un país que no sea de la UE mientras se esté en roaming en la UE. Debes tener en cuenta que los precios de estas llamadas y del envío de mensajes de texto no están regulados y pueden ser elevados.
Los precios del roaming (especialmente de los datos) fuera de la UE pueden ser muy caros. Para evitar facturas excesivas, consulta las tarifas antes de viajar.
Roaming en los viajes por barco o avión
Cuando viajes por barco o avión dentro de la UE, puedes utilizar el roaming sin recargos siempre que estés conectado a una red de telefonía móvil terrestre. Si los servicios móviles se prestan por satélite, no se aplica el roaming sin recargos y deberás abonar el coste de los servicios de roaming no regulados (sin límites de precios).
Protección de datos personales
Tu operador debe cumplir las normas vigentes sobre protección de datos personales y no puede utilizar tus datos (ya en su poder para la facturación) más que con el fin de comprobar y comparar tu uso del roaming con tu consumo nacional.
En caso de problemas: tus derechos como consumidor
Si crees que tu proveedor de servicios no ha respetado tu derecho al roaming sin recargos y te ha cobrado por servicios de roaming mientras viajabas dentro de la UE, ponte en contacto con él y utiliza el procedimiento de la reclamación existente para impugnar esos recargos.
Si no quedas satisfecho con la respuesta del operador, puedes contactar con el organismo nacional de reglamentación competente de tu país, normalmente la autoridad nacional reguladora de las telecomunicaciones, que se encargará de resolver el asunto.
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