El BOE de fecha, 27 de Febrero, se publica la resolución de la Dirección General de Tributos que supone un hito histórico para todo el sector de panadería (ver resolución). En su virtud, todos los productos de panadería pasan a tributar al tipo superreducido del 4% del IVA, eliminando la distinción que había hasta ahora entre los panes comunes (que tributaban al 4%) y los panes especiales (que estaban gravados al 10%).
Esta norma es muy positiva no solo para el sector, sino también para los consumidores y para los colectivos de celíacos.