La campaña de Renta y Patrimonio del ejercicio 2020 comienza el miércoles 7 de abril, momento a partir del cual, se podrán presentar las declaraciones correspondientes mediante el procedimiento, forma y plazos aprobados en la Orden HAC/248/2021, de 16 de marzo.

El modelo de declaración de la Renta 2020 presenta novedades en los siguientes apartados: rendimientos de capital inmobiliario, en el que se facilita el cálculo del importe de la amortización deducible; rendimientos de actividades económicas, que permite trasladar los datos consignados en los libros registro del IRPF; en el Anexo A.2, con una nueva casilla en el apartado Reserva de Inversiones en Canarias; y en el Anexo A.3 Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial.

Al igual que los años anteriores, todos los contribuyentes, cualquiera que sea la naturaleza de las rentas obtenidas, podrán obtener el borrador de declaración del IRPF a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB), tras aportar, en su caso, determinada información que les será solicitada al efecto, u otra información que el contribuyente pudiera incorporar.

El plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cualquiera que sea su resultado, será el comprendido entre los días 7 de abril y 30 de junio de 2021, ambos inclusive, sin perjuicio de que la domiciliación bancaria del pago deba efectuarse entre el 7 de abril hasta el 25 de junio, ambos inclusive, salvo que se opte por domiciliar únicamente el segundo plazo, en cuyo caso la confirmación y presentación podrá realizarse hasta el 30 de junio de 2021.

Modelo de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio

El modelo que se aprueba reproduce la misma estructura de contenidos de la declaración del ejercicio 2019, manteniendo la simplificación de los elementos formales encaminada a facilitar su tratamiento en los procesos informáticos relacionados con la generación de los ficheros electrónicos para la presentación electrónica de las declaraciones y con la obtención de copias electrónicas de las mismas.

Lugar y forma de presentación

La declaración del Impuesto sobre el Patrimonio se presentará de forma obligatoria por vía electrónica a través de Internet, permitiéndose que se realice utilizando un certificado electrónico reconocido, mediante el sistema Cl@ve o mediante la consignación del NIF del obligado tributario y del número de referencia previamente solicitado a la AEAT.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio será el comprendido entre los días 7 de abril y 30 de junio de 2021, ambos inclusive, sin perjuicio de que la domiciliación bancaria del pago deba efectuarse entre el 7 de abril hasta el 25 de junio, ambos inclusive.

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