Nuevas normas para las máquinas: el Consejo da su aprobación definitiva.
Se actualiza la Directiva de máquinas del 2006 y la transforma en Reglamento. El nuevo texto armoniza los requisitos esenciales de seguridad y salud de las máquinas en la Unión Europea, promueve la libre circulación de las máquinas y garantiza un alto nivel de seguridad para las personas trabajadoras y para la ciudadanía.
Las normas actualizadas permitirán a la industria europea operar con arreglo a un marco jurídico nuevo y mejorado. Garantizarán un elevado nivel de protección para trabajadores y trabajadoras, así como para la ciudadanía, al tiempo que aumentarán la competitividad y la reputación de las máquinas fabricadas en la UE.
Requisitos de conformidad y documentación
El Reglamento adoptado hace obligatoria una evaluación de la conformidad realizada por terceros para seis categorías de máquinas de «alto riesgo».
La información de seguridad deberá facilitarse con cada producto, pero, en consonancia con la transición digital, el Reglamento establece que las instrucciones digitales serán la opción por defecto. Las instrucciones en papel seguirán siendo una opción para los clientes que las soliciten.
Contexto
La Directiva de 2006 relativa a las máquinas era uno de los principales textos legislativos que regulan la armonización de los requisitos esenciales en materia de salud y seguridad aplicables a las máquinas a escala de la UE. El nuevo Reglamento adoptado establecerá un marco jurídico para la introducción en el mercado de la Unión de máquinas seguras y abarcará los nuevos riesgos relacionados con las tecnologías emergentes. El Reglamento también garantiza la seguridad jurídica al definir con claridad su ámbito de aplicación. Por ejemplo, incluye los vehículos pequeños utilizados para el transporte personal y los vehículos eléctricos ligeros, como los patinetes o las bicicletas, ya que su uso está muy extendido y podrían ser potencialmente peligrosos para sus usuarios.
Siguientes etapas
Tras haber aprobado el Consejo la posición del Parlamento Europeo, este acto legislativo ha quedado adoptado. Una vez que los presidentes del Parlamento Europeo y del Consejo hayan firmado el Reglamento, este se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor a los veinte días de su publicación. Los Estados miembros y los operadores económicos dispondrán de 42 meses antes de que se apliquen las normas establecidas en el nuevo Reglamento.
Fuente: Consejo de la Unión Europea