La ayuda consistirá en la subvención de los tipos de interés de referencia utilizados para determinar el tipo de interés ordinario aplicable, con un máximo de 3,5 puntos porcentuales y 200.000 € brutos, generados o pendientes de liquidar durante los años 2023 y 2024. En ningún caso la subvención superará los intereses ordinarios generados por el tipo de referencia ni serán subvencionados los tipos moratorios.
La ayuda será abonada a los titulares en la cuenta bancaria que designen, en concepto de subvención de los intereses pagados, una vez que las cuotas periódicas de los respectivos préstamos figuren recaudadas por el Igape.
En el momento de la concesión se calculará de manera estimativa su importe bruto, en base a la hipótesis de mantenimiento del capital vivo previsto con el calendario de amortización.
Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas reguladas en estas bases las personas físicas o jurídicas titulares o solicitantes de préstamos directos concedidos por el Igape cuyo tipo de referencia a aplicar para determinar el tipo de interés sea mayor del 0 %, y que se encuentren al corriente de los pagos.
Fecha de inicio solicitud: 23/10/2023
Fecha de finalización solicitud: 30/11/2023