Publicación DOG

Fecha de finalización solicitud: 09/10/2023

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones

1. Comerciantes minoristas: Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas.

2. Talleres artesanos, que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia.

3. Asociaciones de comerciantes

Actuaciones  subvencionables:

a) Comerciantes minoristas y talleres artesanos:

– Cajas y sobres de cartón o papel reciclado.

– Rellenos, protecciones acolchadas y espumas para el embalaje.

– Cuerdas o cintas de rafia, algodón u otros materiales naturales.

– Film de material biodegradable.

– Etiquetas.

– Pegamento y cinta adhesiva.

– Bolsas comerciales de fibras naturales o material reciclado.

b) Asociaciones de comerciantes:

– Bolsas comerciales de fibras naturales o material reciclado.

Inversiones máximas subvencionables:

a) Comerciantes minoristas y talleres artesanos:

Personas beneficiarias Inversión máx. subvencionable
Personas autónomas y pymes de 0 a 10 personas trabajadoras 3.000,00€
Personas autónomas y pymes de 11 a 50 personas trabajadoras 4.500,00€
Personas autónomas y pymes de 51 a 250 personas trabajadoras 6.000,00€

b) Asociaciones de comerciantes:

Número de comercios asociados Inversión máx. subvencionable
50-69 7.700,00€
70-99 10.000,00€
>=100 13.300,00€

La inversión mínima a realizar para que el proyecto se considere subvencionable asciende a 1.000,00 €.

Y los porcentajes de la subvención sobre las inversiones máximas subvencionables establecidas son los siguientes:

a) Comerciantes minoristas y talleres artesanos:

Personas beneficiarias Porcentaje de la subvención
Personas autónomas y pymes de 0 a 10 personas trabajadoras 80%
Personas autónomas y pymes de 11 a 50 personas trabajadoras 75%
Personas autónomas y pymes de 51 a 250 personas trabajadoras 70%

b) Asociaciones de comerciantes: 90 %.